miércoles, 21 de abril de 2010

GARANTIAS DE EMPLEO EN BBVA


Ante el anuncio que nos han realizado la Empresa de que durante este mes d abril, va a proceder: al cierre de 39 oficinas de su Red, a una integración de CBC’s y a la reconversión de otras 3 oficinas más en OTP (Oficinas a tiempo parcial).

Desde UGT hemos solicitado la celebración de una reunión de la Comisión Mixta Empresa/Sindicatos, fijada en el Acuerdo de Garantías de Empleo del BBVA, para la que reclamamos se nos facilite la siguiente información:

• Previsión de nuevos procesos de cierre de oficinas.
• Prejubilaciones previstas.
• Previsiones referentes al Proyecto Clima (CBC’s, administración Banca comercial, etc.).
• Plan de adaptación de la administración de Banca de empresas.
• Situación del proceso de externalizaciones y subcontrataciones.

En dicha reunión, UGT va a proponer prorrogar hasta el 2012, las Garantías del Acuerdo de Empleo, cuya vigencia actual es hasta el 31 de diciembre de este año.
Con el Acuerdo de Garantías de Empleo, firmado por UGT, logramos del BBVA el siguiente compromiso:

El Banco renuncia a la utilización de medidas traumáticas (expedientes de regulación de empleo, despidos, etc.) durante su proceso de adecuación de estructuras a su nuevo modelo organizativo, que esta poniendo en marcha mediante sus Proyectos Clima y Velásquez, resolviendo los posibles excedentes de personal que se pudieran derivar de los mismos, por vías vegetativas y voluntarias.
Este Acuerdo es la principal garantía con la que contamos los trabajadores y trabajadora del BBVA, cuando se abordan procesos organizativos como el actual.

MIENTRAS OTROS: DICEN NO A TODO, UGT TE APORTA SOLUCIONES.

Si queréis más información o trasladar tu opinión y sugerencias sobre el contenido de este mensaje o de cualquier otro tema sindical que sea de tu interés o gestionar tu afiliación envía un correo a la siguiente dirección info@ugtbbva.com

jueves, 8 de abril de 2010

CON TODOS LOS SABADOS LIBRES DURANTE TODO EL AÑO

HASTA OCTUBRE, DE NUEVO JORNADA CONTINUADA DE CONVENIO COLECTIVO DE 8 A 15.00 HORAS, TODOS LOS DIAS DE LA SEMANA.
Compañer@s de trabajo:

Tras el primer trimestre del año (donde también se ha incorporado un día más de vacaciones –hasta 25 efectivos en todos los casos-) en el que en términos generales podemos felicitarnos de la aplicación del Acuerdo de libranza de todos los sábados, hasta el mes de octubre no corresponde la recuperación en tardes de jueves y por lo tanto las extensiones de jornada que voluntariamente se efectúen hasta entonces, sea por asistencia a reuniones, audioconferencias, cursillos, puntas de trabajo, cuadres… pueden ser computadas para la compensación de las 2 h. 45 minutos de los jueves del período octubre 2010 a marzo 2011. Para facilitar el control, UGT ya distribuimos una ficha cartulina y ahora os hacemos llegar fichero en formato informático.

UGT hemos solicitado conjuntamente la reunión de la comisión de seguimiento creada en el Acuerdo firmado en diciembre pasado, “para analizar y resolver cuantas incidencias puedan tener lugar con ocasión de la aplicación y cumplimiento”… del mismo; y en el que plantearemos nuestras propuestas

Aplicación para toda la plantilla de Servicios centrales que efectúan apoyo a la red (y no está adherida a la jornada partida/flexible que recordamos que es opcional y voluntaria) del acuerdo de jornada continuada con todos los sábados libres y recuperación en las tarde de los jueves estipulados (lo que en demasiados casos no ha sido permitido y han sido obligados a continuar trabajando el 50% de sábados laborables sin justificación organizativa, a nuestra parecer)

Implicación de la estructura organizativa en la efectiva aplicación de las opciones de flexibilidad horaria suscrita por la Empresa y los Sindicatos que permiten organizar la recuperación a nivel de oficina por mutuo acuerdo respecto a las tardes del segundo y tercero jueves de los meses de enero a marzo y de octubre a diciembre y establece el derecho a horario alternativo de recuperación que facilite la conciliación familiar y laboral en el caso del personal con hijos menores de 12 años, que cursen estudios reglados o con familiares dependiente a su cargo. UGT apoyamos los acuerdos que a nivel de oficina se establecen de recuperación y no aceptamos actitudes dictatoriales de quienes creen que están al margen de los acuerdos colectivos y las leyes laborales que además se apoyan en los argumentos que han dado sindicatos no firmantes del acuerdo y nos hubiesen mantenido trabajando los sábados (¡dicen que la conciliación y la compensación horaria son impracticables!).

Otros temas, casos o situaciones que nos hagáis llegar a través de los delegados de UGT

POR FIN, LA EMPRESA HA ATENDIDO LA SOLICITUD EFECTUADA POR UGT EN EL TRANSCURSO DE LA PROPIA NEGOCIACIÓN DEL ACUERDO, Y AHORA TAMBIÉN DISPONDREMOS DE LA OPCIÓN DE AYUDA ALIMENTARIA SIN COSTE FISCAL, MEDIANTE LA FÓRMULA DE TARJETA RESTAURANTE.

UGT también tenemos solicitado que se nos facilite la relación del nivel de implantación del personal con jornada partida/flexible en vigor por el Acuerdo de oficinas SFP firmado por UGT y otros sindicatos.

lunes, 5 de abril de 2010

EJECUTIVIVOS

Compañer@s de trabajo:

Se dice hasta la saciedad, se escribe, y solo falta labrarlo en mármol, las afirmaciones de que: “BBVA es hoy un banco más eficiente, capitalizado, sólido y diversificado”. Es posible que sea cierto, pero la verdad absoluta no existe en este mundo. Por desgracia, todo es relativo.

Estas afirmaciones tienen su contrapartida. Para equilibrar estas aseveraciones, en la otra parte de la balanza, habría que poner entre otras, estas: A costa de empleados: (enfermedades físicas y psíquicas, prejubilaciones forzosas, mobbing, mal clima laboral….) y de los clientes: (quejas, reclamaciones, colas, mala imagen de la entidad confirmada por los clientes en mesas de gestión y ventanillas de caja….)

¿Son necesarias estas correcciones bruscas y traumáticas de nuestra empresa con empleados y clientes con la única finalidad de seguir creciendo ilimitadamente, ya que nuestros directivos nunca le ponen límites?

¿Cuándo acabará el crecimiento y la expansión de nuestra empresa? ¿Llegará hasta el infinito y más allá como decía Buzz Lightyear en Toy Store? Es evidente que estos titulares no son ni imparciales ni racionales sino argumentos interesados de los ejecutivivos mientras esperan el bonus correspondiente.

Un día antes de firmar el acuerdo que posibilitó el librar todos los sábados (29-12-09) Nuestra empresa, nos dejó como mordedura de serpiente, a traición y sin consenso con sindicatos, la famosa, errática y surrealista norma (80.00.127) sobre contratación y operativa de empleados y que saca a la luz, desde lo más hondo de su subconsciente, su otra personalidad: la imagen del avaro con manguitos que vigila con total desconfianza los movimientos del escuálido empleado en una tienda decimonónica. Esa es la idea “tan avanzada e innovadora” que han aportado los nuevos directivos.

Como contrapartida, (siempre hay una contrapartida pues estamos en un banco) unos días después, en la última Junta General Ordinaria de Accionistas, se propone y luego se aprueba el punto cuarto: “aprobación, para su aplicación por el banco y sus sociedades filiales de un programa de retribución variable en acciones de BBVA para los ejercicios 2010-2011, dirigido a miembros del equipo directivo, incluidos los Consejeros Ejecutivos y miembros del Comité de Dirección, que conlleva la entrega de acciones de BBVA a sus beneficiarios”

Está claro que el rasero para medir no es el mismo, y no serán estos ejecutivivos, los que pongan su dinero en BBVA al Euribor + 0,10. Condición “exclusiva” para empleados.

A través de la tecnología, que constituye un elemento esencial y clave en esta concepción dominante del hombre por el hombre, se nos plantea que todo es lo que es técnicamente posible, es deseable y necesario. (La crisis ha demostrado que no).En la Edad Media sucedía lo mismo con la letra impresa. No todo lo que nos llega a través de la pantalla de nuestro puesto de trabajo es la verdad absoluta: ¡Cuestionadlo!.

Aquí el espíritu del hombre libre que quiere trabajar sin ser “utilizado”, es ahogado y queda supeditado a cumplir las órdenes “razonadas” de esta oligarquía tecnoburocrática que solo se esfuerza en lograr sus propios beneficios, enmascarando todo, en unos “objetivos que debe de cumplir la Empresa para seguir siendo rentable”. En definitiva, los objetivos y el esfuerzo los lograremos con presión los demás, el beneficio real, no el de la cuenta de resultados, será para ellos, los ejecutivivos.

Mientras, desde todos los medios a su alcance, no paran de lanzarnos mensajes hipnotizadores: “Esto-no-está-sucediendo,-son-imaginaciones-vuestras.-Rendid-más.-Un-Paraíso-os-espera:-más-dinero,-más-bienes,-más-consumo,-más-confort,-más- bienestar,-más-seguridad-…..“
Parafraseando el anuncio: ELLOS SON LO QUE SON PORQUE NOSOTROS SOMOS LO QUE SOMOS.
UGT BBVA ANDALUCIA.¡¡¡NUESTRO COMPROMISO ERES TÚ!!! O.A.S.900.188.808

miércoles, 31 de marzo de 2010

RETRIBUCION VARIABLE: EL CVP

Compañer@s de trabajo:

Aunque la Retribución Variable (RV) abarca cada vez a más empleados de BBVA de distintos niveles, queremos tratarlo desde varios aspectos que nos afectan fundamentalmente a los Técnicos y Cuadros (TyC) de nuestra Empresa. Aclarando que la RV es la parte salarial que el banco fija a su criterio ya que no está definida en el Convenio Colectivo de banca.

Generalmente cada banco adapta la RV que aplica a sus empleados a los intereses empresariales, utilizándola para cubrir distintas prestaciones a través de esta modalidad, manteniéndose en el tiempo en muchos casos, observándose no obstante que se reiteran determinados aspectos comunes, que se aplican también en BBVA y que a continuación queremos resaltar:

Los principales los conocemos bien, y son falta de transparencia y falta de transformación en conceptos fijos salariales, pudiendo ser absorbidos legalmente sólo en determinados supuestos.
La empresa hace y deshace "per se" y aunque existen unas bases teóricas en las que algunos de estos conceptos variables se fundamentan y que pueden consultarse en la Intranet, la realidad es que para su aplicación priman aspectos subjetivos de unos y otros directivos, dejando esas bases o criterios en los que supuestamente se fundamentan, en meras declaraciones de buena voluntad que el banco no suele cumplir.

En esta primera circular y dentro de la RV vamos a tratar del Complemento Voluntario personal (CVP) que está destinado a pagar responsabilidades de cada puesto de trabajo así como otras variables de los Técnicos y Cuadros del banco.

Según la Norma Interna 93.40.001, modificada y reducida el 11.12.2009, el CVP paga condiciones personales, experiencia, conocimientos y dedicación a la empresa del empleado.

Desde 1996, fecha en la que el Convenio Colectivo por imperativo legal (al desaparecer las viejas Ordenanzas de Trabajo y no por decisión de UGT y resto de firmantes, como torticeramente nos han querido vender desde el sindicato del NO por norma) situó los Niveles profesionales como sistema de
clasificación de las funciones y categorías profesionales en la banca y por lo tanto de las retribuciones de la plantilla, desde UGT venimos observando y denunciando, el sistema de ascensos que la banca emplea, utilizándolo en propio beneficio y no como fórmula de clasificar el trabajo profesional que cada uno realizamos, de modo que :

Por una parte, cercenan la carrera profesional de sus empleados y por la otra, perpetúan los complementos voluntarios como sistema de pago de los incrementos deresponsabilidades y de las nuevas tareas que asignan a sus Técnicos y Cuadros.

El ejemplo más palpable de lo que sucede en BBVA lo vemos cuando un Cuadro está en una oficina del banco (o Unidad central) y pasa a otra sucursal (o Unidad) de un nivel superior por sus dimensiones, cifras y/o responsabilidades:

La Dirección del banco llama al Técnico para informarle de que su "ascenso" conlleva un aumento retributivo. Sin embargo tal incremento no se concreta en un aumento de nivel, sino que habitualmente se plasma en el CVP (definido por la Norma citada, como absorbible y compensable).
Situación que se puede prolongar durante mucho tiempo -esta es la realidad- produciéndose incluso con este mismo método nuevos "ascensos", mientras mantienen al afectado con el Nivel profesional de Convenio más bajo de los que corresponden a un Técnico (el VIII), ya que el Convenio sólo establece como condición para el caso de los Directores de Oficinas, el que, al menos, se les aplique el Nivel VI, sin fijar nada para el resto de mandos intermedios, suponiendo esta injusta práctica, el que muchos TyC no consoliden Niveles ni CVP
superiores.


Desde UGT, defenderemos que esta situación sea corregida en un próximo Convenio Colectivo, de modo que los TyC puedan consolidar sus RV, pasando a superiores Niveles en base al tiempo y al buen desempeño que realicen de sus tareas.

UGT el Sindicato que defiende a los TyC del BBVA Sólo a través de un Sindicato fuerte como UGT puedes defender tus intereses. Otros, pese a denominarse Asociaciones o Confederaciones de Cuadros, llevan años sin hacer NADA con los problemas de los Técnicos que dicen representar en el BBVA. Obra en consecuencia.

miércoles, 24 de marzo de 2010

BBVA CONDENADO A ABONAR HORAS EXTRAORDINARIAS

Compañer@s de trabajo:

Los hechos sucedieron cuando el trabajador, representante electo de los trabadores y Secretario de Organización de UGT BBVA Andalucía, fue convocado a un curso de Formación en Málaga de 8 horas de duración, reclamando una vez concluido el curso el abono de 5 HORAS EXTRAORDINARIAS, entendiendo que, “el mayor tiempo invertido fuera del horario habitual de trabajo para la realización de un curso o asistir a reuniones tienen la consideración de horas EXTRAORDINARIAS y como tales deberán de ser abonadas o compensadas” tal y como promulgamos en numerosas ocasiones desde UGT BBVA ANDALUCIA.

El trabajador, al día siguiente solicita la anotación de 5 horas extraordinarias en su libreta de horas a su responsable inmediato explicando los motivos y le firmó las horas al trabajador. Transcurriendo los meses y viendo que no se abonaban las horas solicitadas, después de contactar con toda la cadena de mandos superiores, se dirigió al SERVICIO DE ATENCION DEL EMPLEADO, abriendo la incidencia SAE-01293026 y HASTA HOY- y se dirige a Actitud Responsable,19-01-09. Este a su vez a la Dirección de RR.HH. de la D.T., que es quien DICTAMINA EL NO ABONO DE ESAS 5 HORAS EXTRAORDINARIAS.

Después de numerosos intentos de acuerdo entre UGT BBVA Andalucía y el Responsable de RR.LL., el trabajador decide solicitar el criterio del CODIGO DE CONDUCTA DE BBVA, explicando la vulneración de la norma 4.18.3 que nuestro Código de Conducta recoge, así como sus puntos 3 en todos sus apartados, 3.2.2. y ACTITUD RESPONSABLE el 30/01/2009 10:17 contesta: “Muy señor nuestro: En relación con su comunicación de fecha 19-01-2009, ponemos en su conocimiento que en base a la información recabada al respecto del área de Recursos Humanos, no se detecta ningún comportamiento contrario a lo establecido en el Código General de Conducta del Grupo BBVA. No obstante lo anterior, por la naturaleza laboral de la situación que describe en su comunicación, entendemos que existen otras instancias en el ámbito del citado área de Recursos Humanos a las que Vd. puede dirigirse si lo considera oportuno. Atentamente, BBVA - Cumplimiento”. ¿Cumplo y miento?

Ante la INVIABIABLE e inoperante respuesta dada por nuestro Código de Conducta y la sinrazón de los Responsables de RR.HH. y RR.LL. de la D.T. Sur de BBVA el trabajador se ve obligado a presentar vía judicial la reclamación de cantidad por sus 5 horas extraordinarias, siendo la vista de acto de juicio el pasado 16 de febrero, con el resultado de SENTENCIA IN VOCE 110/10 DEL Juzgado de Lo Social núm. 6 de Granada, Procedimiento: 409/09 y con el siguiente FALLO: "Que procede estimar la demanda y condenar a la demandada Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., a abonar al trabajador la cantidad de 183,75 €. Adviértase a las partes al notificarle esta sentencia que contra la misma no cabe recurso alguno......". El pasado día 20/03/10, fueron abonadas las cinco horas extras por un importe total 257,68€ deduciendo cotización S.S. horas extras no estructurales e IRPF 73,92 € total los 183,75 euros dictados en sentencia.

CONCLUSION:

¿Para qué sirve el SAE?, ¿para qué sirve RR.HH. y RR.LL.? ¿y para qué sirve nuestro excelso CODIGO DE CONDUCTA?, ¿porque no se sancionan a los Responsables Directivos de la D.T. Sur por el incumplimiento de la normativa legal como bien recoge nuestro Código y a la vista de este fallo judicial?, ¿para qué nos cueste el dinero a todos, todos los empleados, todos los accionistas y se incumplan las más elementales Leyes Españolas, llámese Estatuto de los Trabajadores, Convenio Colectivo de Banca, cotizaciones a Seguridad Social y tributación a la Agencia Tributaria?. ¿Si en seis meses se hacen 240.000 horas de formación presencial en BBVA, a cuantas horas extras equivalen y cuantos euros nos dejan de abonar por horas extraordinarias y se quedan sin cotizar y tributar?. ¿BBVA, empresa socialmente responsable del fallo judicial?, hay que pagar lo que la ley contempla. ¿PRESUMIBLE FRAUDE?.
UGT BBVA ANDALUCIA.¡¡¡NUESTRO COMPROMISO ERES TÚ!!! O.A.S.900.188.808

lunes, 22 de marzo de 2010

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA SOBRE VACACIONES


Muy importante además de los criterios a la hora de elaborar el cuadro de vacaciones que están recogido en el Convenio Colectivo de Banca. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Sentencia ha establecido entre otros derechos los siguientes:

1.- El Derecho Comunitario garantiza el derecho de los trabajadores a las “vacaciones anuales retribuidas” (con independencia de su estado de salud) y el derecho a la “licencia por enfermedad” (cuando este incapacitado para el trabajo) a través de la Directiva 2003/08 no permitiendo ningún tipo de excepciones.
2.- Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de sus Vacaciones Anuales Retribuidas en un periodo distinto al año natural en curso, si no ha podido disfrutar de sus vacaciones por motivos ajenos a su voluntad.
3.- Un trabajador que se haya encontrado en situación de baja por enfermedad durante todo el devengo de las vacaciones anuales tendrá derecho a disfrutar de las mismas una vez finalizada la baja por enfermedad.
4.- El derecho a Vacaciones Anuales Retribuidas no se extingue al finalizar el periodo de devengo de las vacaciones anuales, cuando el trabajador se haya encontrado en situación de baja por enfermedad durante la totalidad o parte del periodo de devengo y no haya tenido efectivamente la posibilidad de ejercitar este derecho que la Directiva 2033/88 le reconoce.
5.- Una vez finalizada la relación laboral, sin disfrutar las Vacaciones Anuales Retribuidas, el trabajador tendrá derecho a una compensación económica.
6.- Los mismos derechos tienen las trabajadoras que hayan estado de Baja por Maternidad.

CONCLUSIONES:

Un trabajador que no haya podido disfrutar de toda o parte de sus Vacaciones Anuales Retribuidas por haber estado de Baja por Enfermedad o Maternidad:

1º.- Conserva el derecho a disfrutar las Vacaciones Anuales Retribuidas aún después de finalizar el año natural y este derecho no puede suprimirse ni siquiera mediante Leyes de los Estados de la Unión Europea.
2º.- Si finalizada la baja por enfermedad o maternidad, fuera imposible disfrutar las Vacaciones, por haber finalizado la relación laboral, el trabajador tiene derecho a Compensación Económica equivalente a sus retribuciones ordinarias.

Texto íntegro de la Sentencia:
http://curia.europa.eu/jurisp/cgibin/
gettext.pl?where=&lang=es&num=79909879C19060350&doc=T&ouvert=T&seance=ARRET
¡¡UGT BBVA ANDALUCIA. ¡¡NUESTRO COMPROMISO ERES TÚ!!

viernes, 12 de marzo de 2010

TODOS SON CULPABLES

Compañer@s de trabajo:


Como decíamos ayer……en la circular “La lógica de la avaricia”, publicado por UGTBBVA ANDALUCIA el 2 de Septiembre 2009 ( http://ugtbbvaandalucia.blogspot.com/ ) comentábamos:
“La obsesiva política de deslocalización de mercados de nuestra empresa, o lo que es igual, colaborar abiertamente a que la globalización sea más radical, al estar direccionada por el gran capital, uno de sus signos ya evidentes, es dejar atrás, como “lagrimas de S. Lorenzo” a sus trabajadores.


El mundo resultante de estas actividades solo nos hará a los trabajadores menos libres, y un mundo arrastrado por avariciosos, al final, no será sino un pobre mundo.”


Las consecuencias directas de esa avaricia, se extiende ya, y están aflorando en la sociedad en general. No es ya el ERE enmascarado de las prejubilaciones forzosas y forzadas que les plantea la empresa a algunos compañeros, con mobbing incluido, sino que las previsiones de que la jubilación legal se haga a los 67 años de edad, lo que conllevará a mas cotización y menos pensión, es el comienzo de la ruptura del llamado “estado del bienestar”, donde nadie ha concienciado a nadie de que vendrían las “vacas flacas”, porque quienes sí lo sabían, hacían acopio de inmensos sueldos , fantasmales planes de pensiones y contratos superblindados, mientras adormecían al pueblo con las ansias del “sueño español”: forrarse a muy corto plazo. Esa ha sido y sigue siendo la política de emolumentos variables en nuestra empresa.


También decíamos en la circular “!!Feliz Navimobbing!!” el 15 de Diciembre de 2009 que: “Una empresa en la que los trabajadores están deseando que se les abra las puertas para salir huyendo de ella con una prejubilación debajo del brazo, -que no es sino un despido encubierto-, no es sino el signo de una pobre empresa en decadencia, en la que los autoritarismos patológicos causados por la avaricia personal, se han ido adueñando paulatinamente de ella, destruyendo el honrado sentido del trabajo y todas las connotaciones que ello conlleva: familia, dignidad etc.”


Prejubilaciones a mansalva (Plan estratégico 3 años) ya van más de 4.000 compañeros, muchos de los cuales por no soportar más la presión irracional causada por la falta de personal, la falta de medios y la falta de honradez de nuestros directivos, aceptan la prejubilación que les presenta nuestra empresa a pesar de no disponer de un Plan de Pensiones que le sirva de colchón en la jubilación, como pueden ser los procedentes de Argentaria: Caja Postal y Banco Hipotecario…., a pesar del sueldo congelado, a pesar de faltarles quince años para la jubilación…,optan por abandonar la empresa.


La destrucción de empleo estable en una empresa muy rentable para rodearse de sumisos, asustadizos y manejables empleados en una empresa aún más rentable, y lo que es peor, el espíritu de desencanto y las frustración laboral que han sembrado estas prácticas en BBVA, la hacen modelo a no seguir por quien quiera hacer un mundo más justo.


Decía el filósofo francés Albert Camus: “Si el hombre fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo”
Desde UGTBBVA ANDALUCIA os decimos: “La libertad y la Justicia la creáis vosotros todos los días con vuestros actos”.
¡¡UGT BBVA ANDALUCIA. ¡¡NUESTRO COMPROMISO ERES TÚ!!

jueves, 11 de marzo de 2010

REUNION UGT CON DIRECCION UTRH SUR


Andalucía, marzo de 2010
Compañer@S de trabajo:

El pasado mes de febrero, una delegación de las secciones sindicales de UGT en la zona nos hemos reunión con el nuevo Director de la UTRH, al que hemos dado la bienvenida sindical en una nueva etapa en la que esperamos la fluidez necesaria en las relaciones laborales.

En el transcurso del encuentro, hemos expuesto temas de interés en el marco laboral territorial.

Movilidad y conciliación

Atender en la medida de lo posible las solicitudes de traslado por aproximación al domicilio, cuando además hay argumentos para facilitar la convivencia familiar, es un tema que UGT apoyará de manera especial. Recomendamos que las solicitudes se efectúen de a través del dossier del empleado de la intranet BBVA, remitiéndonos copia a los delegados de UGT para que podamos interesarnos por el caso.

Cuadros de vacaciones anuales

Además de insistir en que la normativa para cumplimentar establece con claridad que los cuadros de vacaciones se efectuarán en el ámbito de cada oficina, pusimos de manifiesto que debe permitirse el necesario descanso laboral de acuerdo con las prioridades de antigüedad, hijos en edad escolar, etc. para lo que es necesario contar con las sustituciones en los períodos vacaciones mediante contrataciones al efecto.

Aplicación libranza en sábados

La necesaria flexibilidad para la recuperación de las horas vía tardes de jueves (obligatorio en caso del primero y últimos de los meses afectados) o mediante otras fórmulas, ha llevado a UGT a apoyar los acuerdos entre trabajador y jefe de dependencia para efectuar la citada recuperación dentro del cómputo máximo de jornada anual recogida en Convenio colectivo. Al mismo tiempo, no admitiremos abusos que signifiquen una ampliación de jornada por norma que pervierte el sentido del Acuerdo.

Empleo, prejubilaciones, nuevas contrataciones

Nuestra territorial ha sufrido también el último año la situación de parálisis en renovación de plantilla y contrataciones necesarias. Sobre todo estas últimas se han echado a faltar y por lo tanto tenemos que saludar que se hayan efectuado recientemente unas sesenta incorporaciones de nuevos compañeros y compañeras, en prácticas y eventuales, a los que esperamos les sea consolidado el contrato y su número sea ampliado, permitiendo las prejubilaciones voluntarias para todos aquellos interesados.

Expedientes disciplinarios, prevención riesgos laborales… son aspectos que dentro del ámbito de las relaciones laborales de esta territorial están mereciendo nuestra especial atención.

martes, 23 de febrero de 2010

VACACIONES DIA ADICIONAL

Compañer@s de trabajo:

Ante la duda suscitada de que los 25 días de vacaciones puedan verse aumentados a 26 (1 día adicional), aclarar que para poder disfrutar ese día de más al menos hay que disfrutar 18 días en temporada de invierno, es decir entre el 1 de enero y 31 de marzo y el 1 de octubre y 31 de diciembre.

Y solicitarlo a parte de los periodos vacacionales ya que el programa de solicitud no lo hace automaticamente, mediante la opción otros tipos de vacaciones, día adicional por vacaciones de invierno.

lunes, 22 de febrero de 2010

LA VERDAD VENCE AL B.B.V.A. EN LOS TRIBUNALES

Compañer@s de trabajo:

“El mayor tiempo invertido fuera del horario habitual de trabajo para la realización de un curso o asistir a reuniones tienen la consideración de horas EXTRAORDINARIAS y como tales deberán de ser abonadas o compensadas”. Así se lo hemos reclamado en multitud de ocasiones a los responsables de la Dirección Territorial Sur de BBVA, debido a que el tiempo empleado fuera de la jornada de trabajo por los trabajadores convocados es el propio de su periodo de descanso.

Ante la negación de lo evidente y reiterado, un compañero trabajador de BBVA en GRANADA, fue convocado, a un curso de formación en Málaga, de 8 horas de duración, según constaba en la convocatoria, (ése mismo curso se dio a la semana siguiente en Granada), el trabajador solicitó que se le pagasen las horas extras invertidas tanto en el curso como en el desplazamiento y así lo reflejó en su libreta de horas extraordinarias que tuvo que pedirla, así se lo explicó a su superior que con buen criterio se las firmó.

Viendo que pasaban los meses y después de numerosas reclamaciones extrajudiciales, la sinrazón de los Responsables de RR.HH. y RR.LL. de la D.T. Sur de BBVA provocó la interposición de una demanda de reclamación de cantidad, en los Juzgados de los Social de Granada. EL JUICIO se celebró el 16-02-10 en el Juzgado de lo Social nº 6 de Granada, después de un nuevo intento de conciliación, la Jueza titular al concluir el juicio, dictó sentencia “in voce”; CONDENANDO al BBVA a pagar las horas extraordinarias invertidas en el curso de Formación y añadiendo que la sentencia era firme.

De los detalles del juicio informaremos tan pronto tengamos en nuestro poder la SENTENCIA escrita, dictada “in voce”. Destacamos entre otros que BBVA asiste al juicio con un Sr. letrado externo a BBVA, que por cierto se desplaza desde Sevilla, junto al Jefe de RRLL de la UTR el día anterior al juicio, por lo que los gastos de ellos corren a cuenta del BBVA. Nuestra inevitable pregunta; ¿cuánto ha costado a nuestro Banco, la pernoctación ****+, kilometrajes, dietas y minuta del letrado externo, por los 180,72 euros que no quiso pagar justa y puntualmente?.
Entre otras pinceladas el habitual letrado externo contratado por BBVA decía; que para que nos autoricen las horas extras había que rellenar no sé qué papeles para que la DAR las autorizaras y no sé qué cuentos más, para llegar “el letrado externo” a la conclusión; de que las horas extraordinarias de los cursos de Formación no lo son, ya que no están autorizadas por la DAR.....y que el BBVA realiza más de 300 cursos de FORMACIÓN, acciones formativas presenciales y claro no se puede pagar tantas horas extras, ya que en Banco paga: dietas, hotel, comida y por ello no se pagan ni se reconocen las horas extras. Curiosidad; ¿presentará o absolverá, el letrado externo contratado por BBVA su minuta a la vista de los numerosos pleitos que le ofrece nuestro Banco?
¡¡UGT BBVA ANDALUCIA. ¡¡NUESTRO COMPROMISO ERES TÚ!!

viernes, 19 de febrero de 2010

NOMINA DE FEBRERO - 2010


19 febrero 2010

Finalmente para este mes de febrero, la empresa va a aplicar la actualización fijada para nuestros salarios, en el Convenio colectivo de Banca: 2%, tanto en la cuantía correspondiente a la nómina de este mes como en la parte que nos adeuda del mes de enero.
Por tanto, nuestros salarios brutos deben de ser incrementados al menos en dicha cantidad (2%) consolidando una mejora de nuestro poder adquisitivo en relación al IPC (Índice de precios al consumo) del pasado año del 1,1%.

Aquellos trabajadores a los que la empresa tenga asignados complementos personales, en esta nómina, unilateralmente se la puede ajustar, ya que la única subida que tenemos todos garantizada es la fijada en el citado Convenio colectivo, que es de aplicación sobre todos los conceptos salariales fijados en dicha norma (salarios, trienios, pluses, etc.).

Por tanto, en algunos casos nos podemos encontrar con absorciones de parte de la retribución denominada CVP -Complemento voluntario personal-, en una cuantía que no puede ser superior a la del importe de incremento del Convenio sobre el total de retribuciones.

Entendiendo UGT, que con los resultados del pasado año (en los que los trabajadores hemos sido partícipes) no debiera producirse absorción alguna de estos CVP, garantizándose por tanto y para todos, que tengamos este año en el SGA (Sueldo global anual), al menos la subida fijada en el Convenio.

También en la nómina de febrero, se percibirán los importes correspondientes al bono anual (AVE) cuyo cálculo este año se ha modificado en relación al pasado y para los trabajadores de las provincias a las que en su día correspondían los economatos, cobrarán la Compensación economato o el Complemento bis de BBSS (también vinculado al economato).

Y por último, se actualizarán las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social (a los que
corresponda) y para todos, se recalculará la retención del IRPF, en función de la cuantía que
este previsto cobremos este año.

Como podéis observar, nuevamente la de febrero es una nómina compleja, motivada por la decisión de la empresa de no aplicar la subida de Convenio en el mes de enero, nos tememos que con la intención de enmascararla en los pagos de febrero.

¡¡Con lo fácil y clarificador que hubiera resultad aplicar la subida legal de convenio en enero (así todos conoceríamos su cuantía) dejando para febrero los enjuagues que anualmente realizan con las retribuciones variables!!
En todo caso, ante cualquier duda o necesidad de aclaración que preciséis al respecto de vuestras nominas, poneros en contacto con los Delegados de UGT en vuestro ámbito o enviar un correo electrónico a la siguiente dirección info@ugtbbva.com

jueves, 18 de febrero de 2010

DEMENTORES

Compañer@s de trabajo:

Los “dementores” (*) están afilando el lápiz y cambiándole las pilas a las calculadoras. Al anochecer y bajo la luz mortecina de unos despachos vacíos, con el silencio como aliado, no paran de buscar datos en el ordenador.

Toman notas en los listados que cubren la mesa. Nombres de personas, que no son personas van siendo tachados. Entre un amasijo de datos, personales, familiares, económicos, confidenciales, el dementor clava su mirada en un nombre y con la respiración tan fría como su mirada, escribe: OK.

Estamos a finales de Febrero, conocen el IPC, las evaluaciones de esos nombres sin nombre, las catalogaciones, los bonus de referencia, la revisión salarial y los datos económicos…..

El dementor, como una anguila, se escurre entre las historias personales de esos nombres borrados. Nunca verán la luz los sufrimientos, las presiones, las ansiedades, los traumas, los desprecios,…..el OK lo acalla todo.

El ordenador escupe propuestas. Números que bailan al son que marca la batuta del dementor y que haciendo filigranas en el aire los va ordenando de menor a mayor.

Ha llegado la hora. El 2010 será un buen año. Es el último del Plan Estratégico y aún queda mucho por cosechar.

¡! Comienza el espectáculo!!

(*) Dementor
“Son seres putrefactos, cubiertos por una capa y de gran estatura. Su cara está oculta por una capucha, y su mano es gris, viscosa y con pústulas. Los dementores no tienen alma. Los dementores son los carceleros de Azkaban, que absorben la esperanza y los sentimientos positivos. En el pasado, los dementores estaban aliados con los magos tenebrosos. En teoría, un dementor solo puede desplazarse a otro lugar que no sea la prisión de Azkaban con una orden del Ministerio de Magia. Los muggles no pueden ver los dementores, pero sí pueden sentirlos. En casos extremos, con permiso del Ministerio de Magia, el dementor puede dar el beso de la muerte, que aspira completamente toda el alma de la persona, dejándola como un caracol vacío. Para ahuyentar a un dementor se usa el encantamiento Patronus. Los dementores pueden volar. Congelan con su presencia allá a donde van. Se dice que se reproducen. Los dementores son mortales y pueden vivir en climas tropicales. No se puede destruir un dementor, pero sí limitar su número erradicando las condiciones con las que se multiplican, como la desesperación y degradación.
Existen dudas acerca de si los dementores nacen o se hacen. En una versión no definitiva de Harry Potter y el Prisionero de Azkaban, aparecía una frase que podría explicarlo: "Si pueden, se alimentan de alguien tanto que lo reducen a algo como ellos mismos... desalmado y perverso". La frase fue retirada para la edición final, pero podría significar que los dementores fueron humanos transformados por otros dementores.” (De Wikipedia.Enciclopedia libre).
UGT BBVA ANDALUCIA