martes, 29 de diciembre de 2009

FIRMADO HOY, EL ACUERDO QUE POSIBILITA LA LIBRANZA DE TODOS LOS SABADOS EN BBVA.

S.S. Estatal UGT BBVA/Circular 26/09 – 29 de diciembre 2009

Ahora sí, todos los trabajadores del BBVA con independencia de su pertenencia tanto a las Oficinas de la Red como a las Unidades de apoyo a la misma (Servicios Centrales o Territoriales) libraremos todos los sábados del año, partir del 2 de enero del próximo 2010. Con este acuerdo, se alcanza en el BBVA una de las reivindicaciones más largamente deseada por todos los trabajadores del sector bancario: La libranza de al menos dos días continuados a la semana, concretamente los sábados y domingos.

Y sin que para ello, los trabajadores del BBVA nos viéramos obligados a renunciar al horario continuado de 8 a 15 h., fijado en el Convenio Colectivo, con las excepciones que se fijan en el acuerdo para la recuperación de parte de las horas que hasta ahora se venían realizando en las jornadas laborables de los sábados de invierno.

Con una fórmula que además, va a obligar al Banco a mantener con carácter general, el actual horario de apertura al público de su Red de Oficinas (lunes a viernes, de 8:30 a 14:15 h.).

Referente a la recuperación de las jornadas hasta ahora trabajadas en los sábados, UGT ha exigido para la firma de este acuerdo, que no se convirtiera en un mero cambio la actual jornada de los sábados, por otra diferente en las tardes de los jueves.

Planteando UGT que se incorporarán en el mismo, otras fórmulas y contrapartidas, encaminadas al logro de una flexibilidad que mejore las posibilidades de conciliar nuestra vida personal y familiar, con la vida laboral.

Sobre el trabajo en las tardes de los jueves: Nuestra exigencia ha sido que no fuera obligatoria la presencia en la Red de Oficinas, de todos los trabajadores y en todos los jueves de invierno (lo que hubiera posibilitado la apertura al público) fórmula que inicialmente propuso la empresa y que también inicialmente, era aceptada sin reparos por otros sindicatos (CCOO y ACB).

Logrando UGT finalmente en este acuerdo, el que sólo se fije la presencia obligatoria de todos los trabajadores en el 50% de los jueves de invierno.

Se fija como jueves de presencia obligatoria por las tardes el primero y el último de cada mes, de los comprendidos entre el 1 de octubre y el 31 de marzo. Con horario de entrada flexible entre las 15:45 h. y las 16:15 h., y con hora de salida, una vez cumplidas 2 h 45 m. Están exceptuados de esta obligatoriedad los trabajadores con hijos de hasta 12 años, los que tengan familiares de primer grado dependientes y los trabajadores que cursen estudios reglados, que podrán pactar con el responsable de su Unidad, formulas de recuperación especiales, en horarios que les permitan conciliar sus obligaciones con el trabajo. Siendo la fórmula de recuperación a propuesta del trabajador.

Fijándose las horas correspondientes al otro 50% de los jueves de invierno (siempre de octubre a marzo) a realizar con flexibilidad.

Para las horas correspondiente al resto de jueves de invierno ( del 1 de octubre al 31 de marzo) que en el acuerdo tienen la consideración de jueves recuperables, el trabajador podrá optar entre realizar un horario igual o similar al citado en el apartado anterior o por la alternativa de pactar con el responsable de su Unidad su realización en fechas y horas distintas a lo largo del año, para asistir a reuniones, cursos de formación, audio conferencias, abordar puntas campañas o puntas de trabajo, para lo que incluso podrá prologar su hora de salida después de las 15:00 h. Ya que para estos jueves, la presencia no es obligatoria.

Con la excepción de los jueves laborables que coincidan con Nochebuena, Nochevieja o que estén comprendidos en la semana de fiesta mayor de su localidad, en cuyo caso ni serán sus tardes de trabajo ni tendrán sus horas la consideración de recuperables. Y en el caso de los jueves que resulten vísperas de festivos, sus horas de tarde o serán de trabajo en la tarde del miércoles anterior o tendrán la consideración de recuperables.

Estableciéndose el derecho al cobro de ayuda alimentaria, para los trabajadores por cada día que partan su jornada (actualmente 9 €).

Otros aspectos contemplados en el acuerdo

También se concreta en el acuerdo, el disfrute, para todos los trabajadores del BBVA con independencia del tipo de horario que tengan (continuado o partido), de un día más de vacaciones, quedando ahora estas fijadas en 25 días laborables.

Y por último, los trabajadores de Servicios Centrales con horario partido flexible, podrán optar por salir tras cumplir su jornada de 7 horas, los viernes a las 15 h. sin necesidad de pausa alguna para comer.

UGT VALORA POSITIVAMENTE ESTE ACUERDO, QUE VA A POSIBILITAR LA LIBRANZA POR TODOS LOS TRABAJADORES DEL BBVA DE TODOS SÁBADOS DEL AÑO, CON FÓRMULAS DE FLEXIBILIDAD PARA COMPATIBILIZAR NUESTRA VIDA PERSONAL Y FAMILIAR CON LA ACTIVIDAD LABORAL.

¡¡ Feliz 2010 con todos los sábados libres !!

1 comentario:

Anónimo dijo...

¿pero donde estais? acaso con los sabados habeis terminado?